Coordinador de Seguridad y Salud
Para el cumplimiento del R.D. 1627/97 sobre seguridad y salud en obras de construcción, se tiene la obligación de realizar la Coordinación de Seguridad y Salud, mediante la designación por parte del promotor de la obra, de un coordinador de seguridad y salud. Ésto debe darse, en la fase de proyecto y en especial en la fase de ejecución.
GZMprevención, dispone de un amplio equipo para la Coordinación de Seguridad y Salud. Disponemos del equipo humano más competente del mercado. Está compuesto por Ingenieros y Arquitectos, con una amplia experiencia en Coordinación de Seguridad y Salud, en todo tipo de obras.
¿Cuándo se debe designar un Coordinador de Seguridad y Salud?
Debe realizar la designación el promotor, de un coordinador de seguridad y salud en una obra, siempre y cuando interviene más de una empresa, o bien cuando intervenga una empresa y al menos un trabajador autónomo, o varios trabajadores autónomos. Esto se debe aplicar en todas las obras recogidas en el anexo I del RD 1627/97 independientemente de que exista, o no, proyecto.
El coordinador de seguridad y salud, está integrada en la dirección facultativa. Aportando su experiencia en la gestión directa de la seguridad y salud de la obras de construcción. Vigilando y realizando un seguimiento total del cumplimiento de las medidas de seguridad recogidas en los planes de seguridad y salud durante la ejecución de la obra de las empresas contratistas.
¿Qué Funciones tiene?
- Aprobar el plan de seguridad y salud, elaborado por los contratista.
- Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad y salud.
- Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos, apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva.
- Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Las realiza a través de reuniones de coordinación seguridad y salud tanto iniciales como periódicas.
- Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo, mediante el seguimiento periódico de la obra y del plan de seguridad y salud.
- Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. Ésto a través del control documental de todas las empresas y trabajadores, equipos, maquinaria, intervinientes en la obra.