DOCUMENTO DE GESTIÓN PREVENTIVA DE OBRAS
La realización de éste documento, va relacionado con las obras sin proyecto, ya que este tipo de obras, no contienen un Estudio Básico de Seguridad y Salud, pero ¿en que casos podemos realizar una Obra sin Proyecto?
OBRAS SIN PROYECTO
Las obras sin proyecto, al no existir ninguna normativa específica, puede ocasionar dudas con respecto a su viabilidad. Hoy en día, hay suficiente información para disipar cualquier duda.
La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobó el 12 de diciembre de 2013, el estudio APLICACIÓN DEL R.D. 1627/97 A OBRAS SIN PROYECTO, en el que se establece que son las siguientes.
1.- SIN EXIGENCIA DE PROYECTO
- Obras de corta duración
- En periodo de garantía
- Obras de conservación de infraestructuras
- Otras obras menores
2.- OBRAS DE EMERGENCIA
Este documento, contiene los mínimos que en materia de gestión preventiva son exigibles en las obras sin proyecto. De sólo 5 páginas en letra grande, se puede consultar en este enlace a la web del INSHT.
Dos de las cuestiones que pueden ser más controvertidas es la obligación, o no, de designar un coordinador de seguridad y salud. Y también, la elaboración, o no, de un plan de seguridad y salud.
Sobre estos puntos no hay dudas, ya que se debe tener presente la sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sala quinta), del 7 de octubre de 2010. En ella, interpreta la Directiva 92/57 / CEE, de 24 de junio de 1992 y que declara que hay que aplicar la Directiva y no pueden hacerse excepciones a la obligación de la propiedad de designar un coordinador de seguridad y salud. También que no se puede obviar la obligación de establecer un plan de seguridad y salud para la obra.
Desde el momento en que en una obra de construcción estén presentes varias empresas, el Derecho de la Unión exige que se designe a un coordinador de seguridad y que establezca un plan de seguridad si existen riesgos específicos.
Por ello, es irrelevante que se requiera o no licencia de obra, puede obtener más información en Coordinador de Seguridad y Salud en obra.
DOCUMENTO DE GESTIÓN PREVENTIVA
Por tanto, ante la falta del Plan Básico de Seguridad y Salud, el contratista deberá realizar el DOCUMENTO DE GESTIÓN PREVENTIVA, donde se refleje una evaluación de riesgos, en función de los riesgos que se van a originar según el tipo de obra que se va a realizar.
En GZMprevención, le realizamos y le asesoramos cualquier duda que pueda tener, para ello puede contactar con nosotros .